Donaciones

La donación de bienes a instituciones bolivianas está regulada por el Decreto Supremo Nº 22225 de 13 de julio de 1989, que establece como requisito para el trámite de exención de aranceles el “Certificado o Acta de Donación” que deberá contar con un sello de “VISTO en el Consulado de Bolivia”.

Requisitos

  • Carta de solicitud dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia. Debe incluirse la dirección, teléfono y correo electrónico.
  • Certificado o Acta de Donación en español El certificado de donación deberá presentarse en papel oficial de la institución donante y contener la siguiente información:
    • Nombre de la institución o repartición estatal que va a recibir la donación en Bolivia.
    • Una descripción detallada del bien objeto de la donación.
    • El valor FOB o CIF en dólares americanos o el costo real del bien. En caso de no tener un valor específico deberá llevar un valor nominal, para fines de trámite en la Aduana Nacional de Bolivia.
    • Firma, nombre y cargo del donante.

El trámite es Gratuito.

Se puede realizar personalmente o por correo.

Si se lo hace por correo deberá enviar un sobre pre-pagado de correo certificado con la dirección del solicitante para la devolución de los documentos.