Bienvenidos A La Sección Consular

La Sección Consular de una Embajada y/o un Consulado, tienen la función de representar y proteger los intereses del Estado y de los ciudadanos bolivianos que se encuentran en el exterior. Todo ciudadano boliviano tiene el derecho a ser asistido y de acceder a los servicios consulares. Nuestro objetivo es que el ciudadano boliviano en el exterior mantenga una relación estrecha con la realidad nacional, fomentando la bolivianidad que es una forma de mostrar nuestra cultura y tradiciones al mundo.

Qué Puede Hacer Un Consulado Por Ud.?

  • En caso de pérdida o robo de documentos, puede extender un salvoconducto para regresar a Bolivia o un pasaporte nuevo, en determinadas circunstancias.
  • Renovar su pasaporte, previo cumplimiento de los requisitos. Orientarle en materia jurídica, social, notarial, etc.
  • Brindar apoyo informativo y también informar a parientes o personas allegadas en caso de accidentes, fallecimientos y otros.
  • Preocuparse por los connacionales detenidos o en prisión y a solicitud expresa comunicar a sus familiares.
  • Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales, por requerimientos legales, humanitarios o situaciones de emergencia familiar.
  • Velar por los intereses y derechos de bolivianos menores o discapacitados.
  • Expedir autorizaciones de viajes a menores con el consentimiento de ambos padres (o del titular o titulares de la patria potestad).
  • Prestar servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos, o de remisión de comunicaciones a instancias u organismos bolivianos. La prestación de los servicios consulares se rige por el Arancel Consular vigente.

Qué No Puede Hacer Un Consulado Por Ud. ?

  • Tramitar visas de residencia, de trabajo u otras en el país receptor.
  • Conseguirle un trabajo en el país receptor, gestionar trabajo o permiso de trabajo, como asimismo constituirse en su garante o fiador.
  • Ser parte en procesos judiciales o en cualquier otra actuación jurisdiccional.
  • Patrocinar procesos judiciales en su nombre.
  • Eximirlo del cumplimiento de la normativa legal del país receptor.
  • Buscar un tratamiento especial al que se brinda a los nacionales del país receptor en las cárceles, o cuando se encuentre detenido.
  • Prestar dinero o pagar multas o cuentas.
  • Proporcionar pasajes o medios para regresar a Bolivia.
  • Realizar las tareas que competen a las agencias de viajes.

La Sección Consular de esta Embajada, atiende los requerimientos de bolivianos y extranjeros. Las normas legales que regulan las funciones consulares del Estado Plurinacional de Bolivia se enmarcan en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, la Ley del Servicio Exterior, el Reglamento Consular y el Arancel Consular.

Algunas Recomendaciones

No se debe entregar el pasaporte a nadie para que lo guarde, bajo ninguna circunstancia persona alguna tiene el derecho de retener el pasaporte.
Es importante que durante un viaje se mantenga comunicación con un familiar o amigo para informarle donde y como está.

Registrase en el consulado o embajada

Para comunicarle sobre sus derechos es importante que todo ciudadano boliviano se registre en el consulado más cercano y/o sección consular de una embajada, para prestarle la ayuda necesaria.

Contacto