Donaciones
La donación de bienes a instituciones bolivianas está regulada por el Decreto Supremo Nº 22225 de 13 de julio de 1989, que establece como requisito para el trámite de exención de aranceles el “Certificado o Acta de Donación” que deberá contar con un sello de “VISTO en el Consulado de Bolivia”.
Requisitos
- Carta de solicitud dirigida a la Sección Consular de la Embajada o Consulado Honorario de Bolivia. Debe incluirse la dirección, teléfono y correo electrónico.
- Certificado o Acta de Donación en español El certificado de donación deberá presentarse en papel oficial de la institución donante y contener la siguiente información:
- Nombre de la institución o repartición estatal que va a recibir la donación en Bolivia.
- Una descripción detallada del bien objeto de la donación.
- El valor FOB o CIF en dólares americanos o el costo real del bien. En caso de no tener un valor específico deberá llevar un valor nominal, para fines de trámite en la Aduana Nacional de Bolivia.
- Firma, nombre y cargo del donante.
El trámite es Gratuito.
Se puede realizar personalmente o por correo.
Si se lo hace por correo deberá enviar un sobre pre-pagado de correo certificado con la dirección del solicitante para la devolución de los documentos.